PERSONAL DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN BÁSICA (2024 - 2025)
%2010.57.36.png)
Conforme a la Guía Operativa, la contratación y asignación del personal de apoyo y asistencia a la educación básica , se realizará conforme a la bolsa de trabajo que exista para tal efecto en la Dirección de Selección y Contratación, asegurándose de que cumpla con el perfil de la categoría asignada, por lo que el Director del centro de trabajo deberá respetar la función para la cual fue contratado. El Capítulo IV del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo (RGCGT) en su Artículo 25 correspondiente a las obligaciones de los trabajadores, establece como obligación de los trabajadores: II. Asistir con puntualidad al desempeño de sus labores y cumplir con las disposiciones que se dicten para comprobarla. En este sentido, es necesario que el Director (como responsable de los recursos humanos en las escuelas) tenga claridad de los horarios, tareas y registros. CONSIDERACIONES Se parte de las siguientes consideraciones: Jornada de trabajo (Art. 27, RGCGT) ...