SEGURO MÉDICO ESCOLAR (SENL 2024 - 2025)
El pasado martes 13 de agosto de 2024 se entregó un material informativo a los Jefes de Sector, Supervisores e Inspectores de Educación Primaria. Esta acción se llevó a cabo en las instalaciones de la Normal Superior "Profr. Moisés Sáenz Garza" a las 9:00 horas.
SEGURO MÉDICO ESCOLAR
La Secretaría de Educación en atención a las necesidades del servicio educativo, cuenta con el Seguro Médico Escolar que protege a los estudiantes de Educación Básica, en caso de accidentes escolares.
Cobertura
El Seguro Médico Escolar aplica en las situaciones cuando las niñas, niños o adolescentes:
- Se dirijan a su domicilio a la escuela o de la escuela a su domicilio.
- Cuando se realicen actividades en las instalaciones de la escuela en horario escolar.
- Asista a cualquier evento escolar organizado por la Secretaría de Educación.
- Se traslade a una competencia o evento escolar dentro del Estado.
Los riesgos que se encuentran cubiertos por el Seguro Médico Escolar incluyen:
- Fracturas
- Heridas graves
- Quemaduras
- Esguinces
- Luxaciones
Existen otros riesgos no cubiertos por el Seguro Médico Escolar:
- Enfermedades que padezca el estudiante
- Lesiones por riñas (dentro o fuera del plantel)
- Cirugías estéticas
- Estética dental (frenos, amalgamas, entre otros)
- Raspones y golpes leves
¿Qué hacer en caso de accidente?
- Aplicar el Protocolo del Accidente.
- Informar al contacto de emergencia (padre, madre o tutor).
- La escuela deberá entregar al responsable del menor un oficio dirigido a la persona encargada de la Unidad de Atención Médica correspondiente (ver directorio).
- El oficio deberá contar con la siguiente información:
- Hoja membretada
- Breve descripción de los hechos
- Datos completos del estudiante
- Nombre
- CURP
- Edad
- Tipo de sangre
- Alergias
- Nombre de la madre, padre o tutor
- Teléfono
- Firma y sello del directivo o persona encargada de la escuela
*El formato se encuentra disponible en la Carpeta Informativa, Coordinación de Seguridad Escolar, 1.4.2 Formato Oficio Médico Escolar.
Aclaraciones
En el folleto informativo se agregan las siguientes aclaraciones:
- La cobertura del servicio será posible dentro de los 3 días hábiles a la expedición del oficio, si no se lleva al estudiante a atención, la Secretaría de Educación no se hace responsable por situaciones externas que salen de su ámbito de competencia.
- La atención sólo se brindará presentando el oficio.
- Los accidentes ocurridos deberán ser canalizados para su rápida atención.
- La cobertura estipulada es por la cantidad de $15,000. Los excedentes serán pagados por la madre, padre o tutor (a) o persona responsable del estudiante.
- El Servicio Médico Escolar es temporal, proporcionado sólo por las Unidades de Atención Médica antes señaladas, por lo que la Secretaría de Educación y la Unidad de Integración Educativa sólo reconocerá los gastos de una lista de Hospitales; no se harán reembolsos en caso de acudir a otro Hospital.
- Los gastos generados por los traslados de transporte público serán cubiertos por las familias.
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