SEGURO MÉDICO ESCOLAR (SENL 2024 - 2025)

 El pasado martes 13 de agosto de 2024 se entregó un material informativo a los Jefes de Sector, Supervisores e Inspectores de Educación Primaria. Esta acción se llevó a cabo en las instalaciones de la Normal Superior "Profr. Moisés Sáenz Garza" a las 9:00 horas.

SEGURO MÉDICO ESCOLAR

La Secretaría de Educación en atención a las necesidades del servicio educativo, cuenta con el Seguro Médico Escolar que protege a los estudiantes de Educación Básica, en caso de accidentes escolares.


Cobertura 

El Seguro Médico Escolar aplica en las situaciones cuando las niñas, niños o adolescentes:

  • Se dirijan a su domicilio a la escuela o de la escuela a su domicilio.
  • Cuando se realicen actividades en las instalaciones de la escuela en horario escolar.
  • Asista a cualquier evento escolar organizado por la Secretaría de Educación.
  • Se traslade a una competencia o evento escolar dentro del Estado.

Los riesgos que se encuentran cubiertos por el Seguro Médico Escolar incluyen:
  • Fracturas
  • Heridas graves
  • Quemaduras
  • Esguinces
  • Luxaciones
Existen otros riesgos no cubiertos por el Seguro Médico Escolar:
  • Enfermedades que padezca el estudiante
  • Lesiones por riñas (dentro o fuera del plantel)
  • Cirugías estéticas
  • Estética dental (frenos, amalgamas, entre otros)
  • Raspones y golpes leves


¿Qué hacer en caso de accidente?

  1. Aplicar el Protocolo del Accidente.
  2. Informar al contacto de emergencia (padre, madre o tutor).
  3. La escuela deberá entregar al responsable del menor un oficio dirigido a la persona encargada de la Unidad de Atención Médica correspondiente (ver directorio).
  4. El oficio deberá contar con la siguiente información:
    • Hoja membretada
    • Breve descripción de los hechos
    • Datos completos del estudiante
      • Nombre
      • CURP
      • Edad
      • Tipo de sangre
      • Alergias
      • Nombre de la madre, padre o tutor
      • Teléfono
    • Firma y sello del directivo o persona encargada de la escuela
*El formato se encuentra disponible en la Carpeta Informativa, Coordinación de Seguridad Escolar, 1.4.2 Formato Oficio Médico Escolar.



Aclaraciones
En el folleto informativo se agregan las siguientes aclaraciones:
  • La cobertura del servicio será posible dentro de los 3 días hábiles a la expedición del oficio, si no se lleva al estudiante a atención, la Secretaría de Educación no se hace responsable por situaciones externas que salen de su ámbito de competencia.
  • La atención sólo se brindará presentando el oficio.
  • Los accidentes ocurridos deberán ser canalizados para su rápida atención.
  • La cobertura estipulada es por la cantidad de $15,000. Los excedentes serán pagados por la madre, padre o tutor (a) o persona responsable del estudiante.
  • El Servicio Médico Escolar es temporal, proporcionado sólo por las Unidades de Atención Médica antes señaladas, por lo que la Secretaría de Educación y la Unidad de Integración Educativa sólo reconocerá los gastos de una lista de Hospitales; no se harán  reembolsos en caso de acudir a otro Hospital.
  • Los gastos generados por los traslados de transporte público serán cubiertos por las familias.



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